Nicaragua vs. Colombia en la CIJ

 

Colombia es un país geográficamente privilegiado, al estar bañado por dos mares, pero la dirigencia política no ha estado a la altura de la responsabilidad que implica cuidar y preservar tan vastos dominios marítimos, parte integral del territorio colombiano. Esto se debe no solo a la tradición secular colombiana de honradez y buena fe en sus posiciones internacionales, sino también a que históricamente se ha carecido de la unidad nacional para enfrentar los diferendos limítrofes. 

Sin embargo, hoy más que nunca, cobra vigencia la unidad nacional como principio constitucional por medio del cual se suman conceptualmente el pueblo y el territorio, comenzando por el ejemplo que deben dar los expresidentes, libres de vanas sensibilidades y rencillas personales, máxime cuando están en juego los intereses de la nación. En efecto, a partir de mañana 20 de septiembre, la Corte Internacional de Justicia (CIJ) inicia las audiencias orales que se prolongarán hasta el próximo primero de octubre, para definir la primera de las dos demandas que Nicaragua interpuso contra Colombia. Esto es, por supuestas violaciones de derechos soberanos y espacios marítimos en el mar Caribe, posteriores a la delimitación marítima de la Corte en 2012, argumentando incumplimiento del fallo. 

Frente a esta primera demanda, Colombia respondió con las obligaciones que tiene de actuar en la zona, a través de la Armada Nacional, con el fin de proteger los derechos de los raizales en el paralelo 15 y meridiano 82. Además, presentó cuatro contrademandas contra Nicaragua, de las cuales fueron admitidas dos por la CIJ: una, por la supuesta violación de los derechos de pesca artesanal a la comunidad raizal, en aguas que no son nicaragüenses y, aún más, confiscarles la pesca. La otra, porque ha violado el derecho internacional con un trazado de puntos y líneas de base, con la expedición de un Decreto, buscando adjudicarse unilateralmente áreas marinas en detrimento de Colombia.

No obstante los reveses sufridos, se espera obtener de la CIJ el reconocimiento de los derechos ancestrales de pesca, lo que se constituiría en una buena noticia para Colombia, pero también confirmaría la pérdida de los demás, si se mantiene la tendencia salomónica con que la Corte emite los fallos. Como es evidente, a diferencia de la primera demanda que no involucra litigio territorial, con la segunda demanda que también cursa en la CIJ desde 2013, Nicaragua pretende que la delimitación de su plataforma continental con Colombia se extienda más allá de las 200 millas náuticas, desde la costa nicaragüense. Un asunto pendiente, por cuanto la Corte no se ha pronunciado al respecto y probablemente lo hará después que se finiquite la primera.

Por ahora y en lo que vendrá, solo resta que la defensa colombiana aborde eficientemente los aspectos jurídicos de la controversia, sin descuidar aquellos aspectos políticos que, en el marco de las posibilidades, la hacen altamente peligrosa e impredecible. Mientras tanto, cualquiera que sea el desenlace de las demandas, en especial la segunda, donde se puede presentar un fallo de comprometimiento limítrofe adicional al de 2012, es ineludible que Colombia fortalezca su posición interna sobre la imposibilidad de darle aplicación constitucional, sin que medie un Tratado Internacional. 

A pesar de todo, Colombia tendrá que apegarse al cumplimiento del derecho internacional, lo que implica la necesaria coordinación con los demás Estados, especialmente en materia de operaciones marítimas. En consecuencia, el país tendrá la incómoda posición de salvaguardar su soberanía, combatir el narcotráfico y demás crímenes transnacionales, coordinando con Nicaragua, quien a su vez estará reclamando al amparo de los derechos otorgados por la CIJ. 

Cabe destacar que si bien un juicio de la Corte es vinculante, final e inapelable, se tienen muchos casos de desacato por parte de países miembros de las Naciones Unidas, que por ser Estados firmantes de la Carta de la ONU, automáticamente los compromete a obedecer cualquier sentencia de la CIJ. Entre otros, Estados Unidos, Francia, Albania, Argentina, Guinea-Bisáu, Irán, Islandia, Malasia, Marruecos, Nigeria, Rumania, Sudáfrica y Tailandia. No obstante,  ninguna sanción se ha producido ante los desacatos de estos países. 

Lo anterior, no significa que tras los fallos de la CIJ no hayan recursos para hacerlos cumplir, ni consecuencias. Un Estado puede acudir ante el Consejo de Seguridad de la ONU, para que tome medidas y haga cumplir un fallo, denuncia que se decide  mediante una resolución que obligue al país denunciado a acatarlo. Subsidiariamente, están las opciones del capítulo 7 de la Carta de Naciones Unidas que contempla sanciones económicas, la ruptura de relaciones diplomáticas y bloqueos, entre otras, sin desestimar la pérdida de credibilidad frente a la comunidad internacional

En resumidas cuentas, los hechos ratifican que fue un craso error presentarse ante la CIJ, un tribunal al que no se debió ir por los riesgos que se corrían, toda vez que eran evidentes e innegables y, por más que se advirtieron, hoy se están materializando sin pena ni gloria. Lo cierto es que aún no se dimensiona la afectación en la riqueza pesquera y marítima, dado el extenso territorio cercenado con el fallo de 2012. Solo cuando lleguen las inmensas plataformas extranjeras y el gobierno nicaragüense comience la exploración, sabremos que tanto vamos a perder con la explotación de tan ricas zonas y el impacto sobre la economía nacional en el futuro cercano.    

Una vía dilatoria, como en numerosos Estados con problemáticas similares, es que aunque los fallos resultaron adversos, han terminado en sentencias que se mantienen en vilo, en tanto requieren un Tratado Internacional que debe ser aprobado por los respectivos congresos y ratificado por los presidentes de los países afectados. De ahí que la incógnita en ciernes, apunta a saber qué congreso y presidente de Colombia, asumirán la responsabilidad histórica de entregar territorio. Eso sí, una acción que puede prorrogar indefinidamente un eventual acuerdo, a través de un Tratado, pero no reivindica el territorio colombiano perdido. 

Publicada: 19 septiembre, 2021. Disponible en https://724noticias.com.co/2021/09/19/nicaragua-vs-colombia-en-la-cij/

Comentarios

  1. Respetuoso saludo mi Gral , Ojala tengamos la verraquera para desacatar un fallo adverso, hemos perdido por nuestra debilidad diplomática cerca del 50% de nuestro territorio. Los errores en los litigios internacionales se pagan entregando territorio . O.H.M.L

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  2. La historia nos recuerda que los colombianos somos pésimos negociadores. Deberíamos entonces buscar un segundo que negocie por nosotros y ese segundo puede ser los Estado Unidos, España, Canadá o Inglaterra. Buen artículo mi General...

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