Una Nueva Constitución Chilena y la Convención Constitucional

  

Chile vivió, entre octubre de 2019 y febrero de 2020, un periodo de protestas y disturbios motivados por un modelo desigualitario de sociedad, según los reclamos de los manifestantes mayoritariamente jóvenes. No obstante, la causa inmediata se originó en el alza tarifaria del transporte público de Santiago, implementada el 6 de octubre del año pasado.

Dicho estallido social, también ha sido atribuido al sistema político neoliberal heredado de la dictadura militar instaurada a partir del 11 de septiembre de 1973, después del golpe de Estado que derrocó al presidente Salvador Allende y lo llevó al suicidio ese día; dictadura que se prolongó 17 años, hasta el 11 de marzo de 1990.

Además, dos problemas estructurales que impiden a la sociedad obtener respuestas satisfactorias del proceso político. De un lado, la Constitución Política de 1980 que reemplazó la de 1925, con un sistema binominal para elegir diputados que restringía la representación (ya eliminado), el Tribunal Constitucional y un superlativo quórum para hacer reformas. Este último es el más álgido, dado que se requieren mayorías absolutas y especiales que oscilan entre los 4/7, 3/5 y 2/3. Por otro lado, la desconexión de la élite política con la sociedad, como producto de los profundos cambios económicos y socioculturales registrados en las útimas tres décadas.

Dentro de este contexto de crisis, a instancias de la dirigencia política, surgió como solución institucional la convocatoria de un plebiscito para someter a la aprobación del pueblo, una nueva Constitución y el mecanismo para su redacción. Es así como el 25 de octubre pasado, la ciudadanía chilena con más de 7 millones de votos, el 77% de los votantes decidió redactar una nueva Ley Fundamental y el 78% aprobó crear la Convención Constitucional, totalmente conformada por ciudadanos, descartando la participación mixta con parlamentarios en ejercicio.

Del mismo modo, se acordó que dicha Convención estará integrada por 155 constituyentes, con paridad de género, quienes serán elegidos en abril del próximo año y comenzarán a sesionar en mayo de 2021, hasta mayo de 2022. Para entonces, deberá estar el texto de la Carta Magna que se aprobará o rechazará, mediante voto obligatorio, durante el plebiscito a mediados de 2022.

En consecuencia, serán dos años contados desde el plebiscito inicial en el que la sociedad chilena apoyó el cambio constitucional, prosiguiendo la redacción constitucional cerrada a cargo de los expertos elegidos y el cierre del proceso con el plebiscito ratificatorio.

El gran riesgo estará en la caja de pandora que se abre, frente al cuestionamiento con un sí o un no, al que los electores responderán el día del plebiscito confirmatorio. Por ello, lo deseable es que la nueva Constitución chilena corresponda a los razonables reclamos de la sociedad, en términos democráticos y procurando siempre el bien común.

Redactar una Constitución a la medida del país austral, articulada con lo más importante que son sus ciudadanos, es un desafío inconmensurable. Ojalá no se cometan errores y esta oportunidad sea aprovechada en su beneficio con prosperidad y deberes, más allá de los derechos que se consignen. Una Constitución que sea realista y sostenible, de lo contrario terminará en frustración y profundizará las heridas que hoy, tras 30 años de terminada la dictadura del General Augusto Pinochet, no han sanado en la ciudadanía chilena.

Publicada: 8 noviembre, 2020. Disponible en https://724noticias.com.co/una-nueva-constitucion-chilena-y-la-convencion-constitucional/

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